Pruebas de la catalanofobia del PP. y 2
Confieso que mi anterior post era muy espeso, así que ahora, para la segunda parte, trataré de enmendarme.
Como recordarán, me refería a sólo tres artículos y dos Disposiciones del nuevo Estatut de Cataluña, inconstitucionales según el PP, con un contenido prácticamente idéntico a los recogidos en el nuevo Estatuto de Andalucía, constitucionales según el PP.
Ahora les propongo 10 artículos absolutamente comunes en ambos textos, tan idénticos que sólo cambia el nombre de la Comunidad autónoma o la denominación de su administración autonómica o de sus instituciones de autogobierno. Si dichos cambios hacen alguna referencia a su odiada Cataluña, al PP le resulta inconstitucional; se trata de artículos que están impugnados en el Recurso presentado por la ultraderecha parlamentaria ante el Tribunal Constitucional. Con el mismo texto, cuando no hay ninguna referencia catalana, el PP lo apoya en el Parlamento autonómico, en su tramitación en las Cortes Generales y en el Referéndum.
Los catalanófobos no impugnan el Estatut: directamente impugnan a Cataluña. Son tan racistas que exigen la extirpación de Cataluña del ordenamiento jurídico-público español.
Si no, ¿por qué, teniendo el mismo contenido, el artículo 95.1 del Estatut de Cataluña es insconstitucional y el artículo 140.1 del de Andalucía es constitucional?:
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña/Andalucía es el órgano jurisdiccional en que culmina la organización judicial en Cataluña/Andalucía y es competente, en los términos establecidos por la ley orgánica correspondiente, para conocer de los recursos y de los procedimientos en los distintos órdenes jurisdiccionales y para tutelar los derechos reconocidos por el presente Estatuto. En todo caso, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña/Andalucía es competente en los órdenes jurisdiccionales civil, penal, contencioso-administrativo, social y en los otros que puedan crearse en el futuro.
¿Por qué, teniendo el mismo contenido, el artículo 95.6 del Estatut de Cataluña es insconstitucional y el artículo 143.2 del de Andalucía es constitucional?:
Los Presidentes de Sala del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña/Andalucía son nombrados a propuesta del Consejo General del Poder Judicial y con la participación del Consejo de Justicia de Cataluña/Andalucía en los términos que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial.
¿Por qué, teniendo el mismo contenido, el artículo 101 del Estatut de Cataluña es insconstitucional y el artículo 146 del de Andalucía es constitucional?:
- La Generalitat/Junta de Andalucía propone al Gobierno del Estado, al Consejo General del Poder Judicial o al Consejo de Justicia de Cataluña/Andalucía, según corresponda, la convocatoria de oposiciones y concursos para cubrir las plazas vacantes de Magistrados, Jueces y Fiscales en Cataluña/Andalucía.
- El Consejo de Justicia de Cataluña/Andalucía convoca los concursos para cubrir plazas vacantes de Jueces y Magistrados en Cataluña/Andalucía en los términos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
¿Por qué, teniendo el mismo contenido, el artículo 105 del Estatut de Cataluña es insconstitucional y el artículo 149 del de Andalucía es constitucional?:
Corresponde a la Generalitat/Junta de Andalucía, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinar la creación, el diseño, la organización, la dotación y la gestión de las oficinas judiciales y de los órganos y servicios de apoyo a los órganos jurisdiccionales, incluyendo la regulación de las instituciones, los institutos y los servicios de medicina forense y de toxicología.
¿Por qué, teniendo el mismo contenido, el artículo 106 del Estatut de Cataluña es insconstitucional y el artículo 150 del de Andalucía es constitucional?:
- Corresponde a la Generalitat/Junta de Andalucía la competencia para ordenar los servicios de justicia gratuita y de orientación jurídica gratuita.
- La Generalitat/Junta de Andalucía puede establecer los instrumentos y procedimientos de mediación y conciliación en la resolución de conflictos en las materias de su competencia.
¿Por qué, teniendo el mismo contenido, el artículo 107 del Estatut de Cataluña es insconstitucional y el artículo 151 del de Andalucía es constitucional?:
- El Gobierno de la Generalitat/Junta de Andalucía, al menos cada cinco años, previo informe del Consejo de Justicia de Cataluña/Andalucía, propondrá al Gobierno del Estado la determinación y la revisión de la demarcación y la planta judiciales en Cataluña/Andalucía. Esta propuesta, que es preceptiva, deberá acompañar al proyecto de ley que el Gobierno envíe a las Cortes Generales.
- Las modificaciones de la planta judicial que no comporten reforma legislativa podrán corresponder al Gobierno de la Generalitat/Junta de Andalucía. Asimismo la Generalitat/Junta de Andalucía podrá crear secciones y juzgados, por delegación del Gobierno del Estado, en los términos previstos por la Ley Orgánica del Poder Judicial.
- La capitalidad de las demarcaciones judiciales es fijada por una ley del Parlamento.
¿Por qué, teniendo el mismo contenido, el artículo 144.5 del Estatut de Cataluña es insconstitucional y el artículo 57.5 del de Andalucía es constitucional?:
Corresponde a la Generalitat/Comunidad Autónoma de Andalucía el establecimiento de un servicio meteorológico propio, el suministro de información meteorológica y climática, incluyendo el pronóstico, el control y el seguimiento de las situaciones meteorológicas de riesgo, así como la investigación en estos ámbitos y la elaboración de la cartografía climática.
¿Por qué, teniendo el mismo contenido, el artículo 169.2 del Estatut de Cataluña es insconstitucional y el artículo 64.7 del de Andalucía es constitucional?:
La integración de líneas o servicios de transporte que transcurran íntegramente por Cataluña/Andalucía en líneas o servicios de ámbito superior requiere el informe previo de la Generalitat/Junta de Andalucía.
¿Por qué, teniendo el mismo contenido, el artículo 169.3 del Estatut de Cataluña es insconstitucional y el artículo 64.8 del de Andalucía es constitucional?:
La Generalitat/Comunidad Autónoma de Andalucía participará en el establecimiento de los servicios ferroviarios que garanticen la comunicación con otras Comunidades Autónomas o con el tránsito internacional de acuerdo con lo previsto en el Título V/Título IX.
¿Por qué, teniendo el mismo contenido, el artículo 189.3 del Estatut de Cataluña es insconstitucional y el artículo 235.2 del de Andalucía es constitucional?:
En el caso de que la Unión Europea establezca una legislación que sustituya a la normativa básica del Estado, la Generalitat/Junta de Andalucía puede adoptar la legislación de desarrollo a partir de las normas europeas.
¿Por qué?









1/4/2008, 20:03 h.
¿Cuales son los artículos del estatuto Catalan que están impugnados?